
La Habana, 1ro ene.- Un grupo de modificaciones de nuevas cuotas para el pago del Impuesto sobre el transporte terrestre y sobre la Propiedad o posesión de embarcaciones, comenzarán a aplicarse desde hoy en todo el país, de acuerdo con la Ley 181 del Presupuesto del Estado, correspondiente al 2026.
El Portal Tributario de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) subraya al respecto que se modifica el Anexo 2 de la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, y se establecen las cuantías a pagar, en función de la clasificación de los vehículos.
El pago de los impuestos por la propiedad o posesión de vehículo de motor y de tracción animal destinados al transporte terrestre, así como para las embarcaciones, es anual y su término voluntario concluye el 30 de septiembre, pero por pronto pago se establece un 5% de bonificación a quienes lo hagan hasta el 28 de febrero.
Todos los propietarios o poseedores de estos bienes están en la obligación de registrarlos en la ONAT de sus municipios.
Las nuevas cuantías a pagar del Transporte Terrestre para el Grupo 1 son las siguientes:
Por los vehículos comprendidos dentro de la clase “B”, incluyendo autocamiones y sus arrastres o rastras, cualquiera que sea su tonelaje, se tributa con la escala siguiente:
- Camiones y autocamiones equipados con gomas neumáticas.
Los tractores y arrastres tributarán independientemente, según el tonelaje que representen en cada clasificación, como si fueran camiones.
El peso bruto a que se refiere este apartado será el que resulte de la inspección técnica actualizada del vehículo.
Por los vehículos comprendidos dentro de la clase “C” se tributará de acuerdo con la escala siguiente:
Vehículos de tracción animal:
Por los vehículos utilizados en el transporte de pasajeros se tributa de acuerdo con el uso a que se destinen, conforme a las cuantías siguientes:
Por los vehículos utilizados en el transporte de carga se tributa de acuerdo con la capacidad máxima de carga conforme al tipo impositivo siguiente:
Dedicados al transporte de carga y que posean dos ruedas cualesquiera que sea el uso al que se destina.
Dedicados al transporte de carga y que posean cuatro ruedas, cualquiera que sea el uso a que se destinen:
Dentro del Grupo 1 se encuentran:
La ONAT les recuerda a sus contribuyentes personas naturales que pueden realizar el pago por los canales electrónicos y recibir un descuento del 3% del importe a pagar.
El código para realizar el pago es el 0710622 para el Transporte terrestre y el 0710522 para embarcaciones. (Fuente: ACN)