La Habana, 28 de mayo.-
Según lo normado en el proyecto de cuerpo legal, que es aplicable a las personas naturales y jurídicas que prestan servicios públicos o reciben financiamiento u otros beneficios de igual naturaleza, se entiende como Sistema Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al mecanismo de integración de la gestión de la información, documental y archivos; se rige, además, por las bases y principios reconocidos en la presente Ley; define los sujetos obligados, el régimen de excepciones al acceso y su relación con el Sistema Nacional de Gestión Documental y Archivos de la República de Cuba.
La misma tiene como finalidad promover la cultura de la transparencia en la gestión pública, a partir de la aplicación de métodos comunes de regulación de los sistemas institucionales, patrimoniales y personales de gestión documental y archivos.
De igual forma, los sujetos obligados, tienen la responsabilidad de organizar las relaciones entre la gestión de información, documental y de archivos, y definir la distribución de las actividades que garantizan la transparencia y el acceso, así como de informar al solicitante dentro del plazo establecido, la disponibilidad o falta de la información solicitada y facilitar su búsqueda.
Sobre el Derecho de Acceso a la Información, en este proyecto se plantea que todas las personas tienen derecho a acceder y consultar la información pública, cuando no se encuentre transparentada, que comprende el derecho de recibirla y divulgarla, siempre que no se incluya entre las excepciones establecidas en la presente Ley.
Según el sitio web del Parlamento cubano, el proyecto será sometido a análisis y discusión por parte de los diputados, con vistas a su presentación oportunamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
En la publicación también se compartió el correo electrónico habilitado, (comunicacion@anpp.gob.cu), con el objetivo de promover la participación ciudadana en este proceso legislativo y contribuir a la cultura. jurídica.
(Texto y fotos de Granma)