Por Jorge Enrique Fuentes Ruiz/Radio Cadena Agramonte.
A propósito del panorama jurídico en la mayor de Las Antillas, de cara a las transformaciones políticas, económicas y sociales que lidera el pueblo cubano en cohesión con su Partido Comunista, Estado y Gobierno, frente a los embates del imperialismo yanqui y los intentos desestabilizadores de la contrarrevolución, Radio Cadena Agramonte sostuvo una entrevista con el Máster en Derecho Alfredo Soler del Sol, para indagar sobre temas constitucionales, que hoy figuran como protagónicos en la agenda mediática y pública a nivel provincial y como nación.
Sobre las recientes peticiones de la contrarrevolución de manifestarse en las calles, en supuesto respeto a los preceptos constitucionales, el especialista aseveró que “la Carta Magna de 2019 establece un sinnúmero de derechos fundamentales, y entre esos se reconocen los concernientes a la libertad de conciencia, de reunión, de asociación, y de manifestación”.
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“Estos derechos garantizan las libertades de las personas, pero como todo, tienen límites que son reconocidos indistintamente por los diferentes ordenamientos jurídicos, partiendo de los propios textos constitucionales, y podemos mencionar la protección al medioambiente, la moral e interés sociales, el bienestar común, entre otros”, ponderó el catedrático camagüeyano.
Agregó el también profesor auxiliar de la Universidad de Camagüey que aunque se goce de esos principios, el ejercicio de los mismos no puede ser ilimitado, porque encuentra sus propias zonas limítrofes en la vigente Carta Magna”.
Soler del Sol aclaró que “se puede tener derecho a la manifestación, a la asociación pacífica, pero bajo ningún concepto podrá expresarse de modo que afecte los derechos de sus conciudadanos, la moral social imperante, el medioambiente, el orden público, y el propio sentido colectivo de la propiedad”, y añadió que “cualquier persona puede manifestarse, siempre y cuando la praxis del referido acto no transgreda los límites constitucionalmente establecidos”.
En exclusiva a Radio Cadena Agramonte recalcó “que cuando se extralimite cualquier derecho y se perjudiquen otros respaldados en la Carta Magna de 2019, y en el caso particular de la manifestación pública, se incentive por medio de esta un discurso de odio y venganza, frente a ello el ordenamiento jurídico cubano no otorga el permiso para la concreción de dicho anhelo ante tales ilegítimas intenciones”.
Más claro ni el agua como dice el buen cubano. Las recientes peticiones de la contrarrevolución de manifestarse en las calles de la mayor de Las Antillas definen claramente la postura mercenaria, anexionista y pro-imperialista de los grupúsculos promotores de tal iniciativa, y demostrados están los vínculos de estas minorías apátridas con instituciones anticubanas serviles y financiadas por el gobierno de los Estados Unidos de América.
Por ende, la referida solicitud de manifestación “pacífica” en el presente mes es ilegal, ilegítima y anticonstitucional, y encaja con los planes perversos de las políticas de “golpes blandos” y las “revoluciones de colores”. (Foto y Video: del autor)
El Máster en Derecho Alfredo Soler del Sol asevera sobre los retos que tienen los juristas cubanos en la actualidad.
