Para vernos ancianos y seguros

Por Dania Díaz Socarrás/Radio Cadena Agramonte

¿En qué edad estás? ¿En la primera, en la segunda? Pues de algo puedes estar seguro: mientras disfrutas el tiempo que pasa, mientras esperas a mañana y los planes por cumplir, estás cada vez más cerca de la tercera edad, por eso, en ella tienes que pensar. Facilitar su felicidad es garantizar también la tuya.

Si pensaras a menudo en que llegarás a viejo ¿qué harías diferente? ¿Cómo tratarías a ese vecino que pregunta todos los días lo mismo? ¿Con qué frecuencia llevarías al niño a casa de la abuela que ya no puede venir a verlo sola? ¿Cuánto más te acercarías a ese hijo que ves de casualidad, que casi no se reconoce tuyo o cuánto más harías por tu madre y tu padre?

Por ahí andan de un lado a otro fragmentos de lo que muchos han llamado el código de los afectos, un nuevo Código de las Familias para Cuba, uno que pone en orden, como ninguno antes lo había hecho, garantías que ahora puedes pensar que son para ellos -si no eres aún de los ancianos- pero que pronto, más pronto de lo que crees, serán para ti.

Los abuelos desarrollan un cariño particular por sus nietos, tanto que algunos se atreven a decir que los quieren más que a los hijos por cuanto los consienten, y a esa relación van dirigidos derechos a un mayor vínculo entre ambos e incluso a que ellos, ante la ausencia de los padres o por ser los de más cercanía afectiva con los niños, puedan asumir su custodia.

En tanto, los hijos -sobre todo aquellos cuyos padres fueron responsables de su crianza, de ahí que también haya que recordar la popular frase de sembrar para recoger-, tienen la obligación de atender a los hombres y mujeres de la tercera edad, proveerlos de lo necesario para vivir y del cuidado y el cariño, esos que agradecen hasta sus últimos días porque les hacen ser felices.

Así, en el código, también hay deberes que quedan claros por parte de los cuidadores de ancianos, sean familiares o no, para que no puedan aprovechar su rol en la apropiación de bienes, al tiempo que los adultos mayores tienen más posibilidades de condicionar la donación de bienes materiales.

Ellos deciden, por ejemplo, al legar una vivienda, el tiempo en que está no podrá venderse, o dejan por escrito las condiciones en que solicitan ser cuidados, con un detallado contrato de alimentos, además de poner los requisitos que consideren al testamento que efectúen.

Al aumento de las garantías sobre las posesiones de los adultos mayores se debe sumar en la familia y la sociedad el respeto a sus decisiones, la autonomía siempre que sus facultades alcancen para mantenerla y la posibilidad de tener sus tareas, las que el longevo decida, sus modos de esparcimiento y el desarrollo pleno al que tiene derecho cualquier ser humano.

Sobre ello influyen, no solo los abusos y presiones físicas o sicológicas, sino  la sobreprotección que puede convertirse en arma de doble filo e impedir la realización personal que valen ellos, la que merecemos igualmente nosotros, sea cual sea nuestra edad y a la que tributa el nuevo Código de las Familias cubano, sobre el que a todos nos tocará opinar y decidir este año pensando en nosotros y en los demás. (Foto: Archivo)

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