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Tribunal Provincial Popular de Villa Clara sanciona a seis años a ciudadano por un delito de drogas ilícitas y otro de actividades económicas ilícitas


Villa Clara, 18 oct.- La Sala de los Delitos Contra la Seguridad del Estado, en función de lo penal, del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara, celebró el juicio oral, público, correspondiente a la causa número 72 de 2025, contra el acusado José Manuel Cabrera Sosa, por un delito relacionado con las drogas ilícitas o sustancias de efectos similares, y otro de actividades económicas ilícitas.

Las pruebas practicadas en el referido acto judicial, demostraron que el acusado adquirió, de personas desconocidas, en la ciudad de Santa Clara, una gran cantidad de medicamentos que utilizaba para la venta a la población; algunos de ellos como el Tramador y la Difenhidramina, considerados con efectos similares a las drogas, de conformidad con la Resolución Ministerial número 52 de 2022, del Ministerio de Salud Pública.

En general, se comprobó que el acusado comercializaba alrededor de 45 fármacos, de alta demanda y deficitarios; así como material médico como jeringas de 5 milímetros, latex Foley catéter y esparadrapos, en una zona aledaña al Hospital “Arnaldo Milián Castro”, conocida por “La Candonga”, en la ciudad de Santa Clara; lugar donde fue detenido por agentes de la Policía Nacional Revolucionaria, quienes procedieron a su ocupación.

Por estos hechos, el tribunal condenó a Cabrera Sosa, por un delito relacionado con las drogas ilícitas, a 6 años de privación de libertad, y por el de actividades económicas ilícitas, a 1 año y 6 meses de privación de libertad, y le impuso, como sanción conjunta y única, la de 6 años de privación de libertad.

Conjuntamente con esa sanción principal, también le aplicó las accesorias de comiso de lo ocupado, y la de prohibición de salida del territorio nacional.

Para adoptar esa decisión la sala tuvo en cuenta la conducta social del inculpado, sus características personales, y la lesividad del hecho.

En la tramitación de estas actuaciones, y durante la celebración del juicio oral, se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrados en la Constitución de la República, y en la Ley del proceso penal.

Al sancionado y a la Fiscalía les asiste el derecho de interponer recurso de apelación contra el fallo del órgano judicial. (Texto y Foto: Cubadebate)


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